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El nuevo arraigo de segunda oportunidad

¡NOVEDAD! Los solicitantes de asilo, según el Borrador del Reglamento de Extranjería, podrán pedir un arraigo en España.

 

El borrador de la Reforma del Reglamento de Extranjería ha incluido muchas nuevas figuras legales, como por ejemplo el arraigo socioformativo y el arraigo sociolaboral. En este caso, los solicitantes de asilo podrán solicitar un arraigo en España siempre y cuando hayan mantenido relaciones laborales o profesionales durante un tiempo determinado.

 

En nuestro canal de YouTube, Pau Ventura, director de Ventura Extranjería Abogados, nos explica las grandes novedades de este posible y futuro arraigo de segunda oportunidad (click aquí). También te invitamos a leer este blog donde vamos a darte todos los detalles.

Si quieres saber más sobre este borrador de la Reforma del Reglamento de Extranjería, síguenos en nuestras redes sociales para estar al corriente de todas las novedades.

 

Novedades del arraigo de segunda oportunidad

El arraigo de segunda oportunidad, según sus especificaciones en el borrador del nuevo Reglamento de Extranjería, es una figura que considerábamos más que necesaria para que todos aquellos solicitantes de asilo puedan acceder a una autorización de residencia cuando justifican haber estado en España 2 años y haber trabajado un tiempo determinado.

 

Las relaciones laborales que se deben acreditar (bien sea por cuenta propia o por cuenta ajena), podrán haber sido llevadas a cabo en situación de permanencia regular sin autorización de estancia o residencia temporal en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

 

Diferencias entre el arraigo laboral y el posible arraigo de segunda oportunidad

Tanto, el actual arraigo laboral como el borrador del posible arraigo de segunda oportunidad exigen al solicitante la acreditación de actividades laborales en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Sin embargo, este borrador del reglamento nos deja entrever ciertas diferencias que van más allá de la nomenclatura.

El actual arraigo laboral, tal como figura en el artículo 124 del actual Reglamento de Extranjería, exige que para acreditar la relación laboral el interesado deberá presentar cualquier medio de prueba que acredite esta relación laboral realizada en situación legal de estancia o residencia.

Sin embargo, el actual borrador de la reforma del Reglamento de Extranjería, en su artículo 127a, figura que el arraigo de segunda oportunidad se podrá presentar en situación de permanencia regular sin autorización de estancia o residencia temporal en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud por los periodos que veremos a continuación.

La clave del nuevo arraigo de segunda oportunidad está en la “situación de permanencia regular”. Hasta la fecha, los solicitantes de asilo no han podido solicitar el actual arraigo laboral porque no poseen una situación de estancia o residencia. Con este nuevo arraigo, se contempla el supuesto de situación de permanencia regular.

Probablemente, teniendo en cuenta que estamos hablando de un borrador, el interesado en el arraigo de segunda oportunidad tendrá que renunciar a su proceso de asilo puesto que, con gran probabilidad, habrá que estar en situación irregular para solicitarlo.

 

Acreditación de relaciones laborales arraigo de segunda oportunidad

Para solicitar el arraigo de segunda oportunidad, en el caso de relaciones laborales por cuenta ajena, habrá que acreditar un mínimo de:

  • 6 meses con una jornada laboral semanal que promedie al menos treinta o más horas en cómputo global. El promedio podrá ser de 20 o más horas en los casos que se acredite tener a cargo a menores o personas con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
  • 9 meses con una jornada laboral semanal que promedie más de 20 horas, pero no menos de 30.
  • 1 año con una jornada laboral semanal que promedie más de 15 horas, pero menos de 20.

 

En el caso de actividades profesionales por cuenta propia, se deberá acreditar como mínimo un periodo de 6 meses.

 

Arraigo segunda oportunidad relaciones laborales

 

Mensaje para todos aquellos solicitantes de asilo en España

Esta nueva figura planteada por el borrador de la reforma del Reglamento de Extranjería abre puertas a los solicitantes de asilo que, actualmente, no pueden acceder al arraigo laboral.

Pese a estar sujeto a modificaciones, la dirección en la que apunta este borrador es esperanzadora para todos aquellos que, como decimos, queréis o habéis iniciado vuestro proceso de asilo.

 

¿Por qué es necesario un abogado de extranjería para solicitar el asilo?

Solicitar asilo es un proceso delicado y complejo que puede ser decisivo para la vida y la seguridad de una persona. A continuación, te explicamos las razones por las cuales es crucial contar con un abogado de extranjería durante la solicitud de asilo en España:

Conocimiento Legal Especializado:

  • Marco jurídico: Tenemos un profundo conocimiento de las leyes y regulaciones que rigen el asilo y la protección internacional. Este expertise es esencial para navegar por el intrincado marco legal y asegurar que todos los procedimientos se cumplan correctamente.
  • Actualización continua: La normativa de extranjería y asilo puede cambiar con frecuencia. Estamos especializados en mentenernos al día con las últimas reformas y precedentes judiciales que pueden afectar tu solicitud.

Evaluación y preparación del caso:

  • Historia personal y documentación: Podemos ayudarte a estructurar y presentar tu historia de manera clara y convincente, recopilando y organizando toda la documentación necesaria para respaldar tu solicitud.
  • Entrevistas y pruebas: Los solicitantes de asilo deben pasar por entrevistas y presentar pruebas sólidas de persecución o riesgo. Te preparamos para estas entrevistas, asegurando que comprendas las preguntas y sepas cómo responder adecuadamente.

Protección de derechos:

  • Garantías procesales: Aseguramos que se respeten tus derechos durante todo el proceso. Esto incluye el derecho a una entrevista justa, el acceso a la información relevante y la oportunidad de presentar pruebas y alegatos.
  • Recursos y apelaciones: Si tu solicitud es denegada, te asesoraramos sobre las posibles vías de recurso, como el recurso potestativo de reposición o el recurso contencioso administrativo, y te representaremos en estos procedimientos.

Acompañamiento y apoyo:

  • Orientación y seguridad: El proceso de solicitud de asilo puede ser estresante y emocionalmente agotador. Te proporcionamos seguridad y tranquilidad, sabiendo que tienes a un profesional capacitado velando por tus intereses.
  • Resolución de Problemas: Estamos capacitados para identificar y resolver problemas que puedan surgir durante el proceso, ofreciendote soluciones rápidas y efectivas.

 

Por qué contar con Ventura Extranjería para los solicitantes de asilo en España

Solicitar asilo en España es un proceso complejo que requiere un profundo conocimiento de la legislación y una presentación precisa y convincente de la solicitud.

En Ventura Extranjería, somos abogados especializados en extranjería con una amplia experiencia en la tramitación de solicitudes de asilo.

Nuestro equipo ofrece un enfoque integral que abarca desde la asesoría inicial hasta la representación legal en todas las etapas del proceso.

Entendemos las dificultades y el estrés que conlleva buscar protección internacional, y nos comprometemos a proporcionar un apoyo constante y efectivo para maximizar tus posibilidades de éxito.

Con Ventura Extranjería, tendrás a tu lado profesionales dedicados a proteger tus derechos y a guiarte en cada paso, asegurando que tu caso sea tratado con la seriedad y el rigor que merece.

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