Como ya estamos viendo en el Borrador del Reglamento de Extranjería 2024, los cambios están siendo trepidantes. Entre ellos, el nuevo posible arraigo, el arraigo sociolaboral.
Ya hemos visto las novedades del posible arraigo socioformativo y, a continuación, vamos a ver el arraigo sociolaboral, el cual se podrá solicitar cuando se acrediten dos años en España y cuentes con una oferta de empleo.
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Requisitos generales arraigo sociolaboral
Según el artículo 126 del Borrador de la Reforma del Reglamento de Extranjería, se podrá conceder una autorización de residencia temporal por razones de arraigo cuando la persona extranjera cumpla de forma acumulativa los siguientes requisitos generales:
- Encontrarse en España en situación irregular en el momento de la solicitud y, haber permanecido en territorio nacional, de forma continuada e ininterrumpida, durante, al menos, los dos años anteriores a la presentación de dicha solicitud, excepto en el arraigo social, que requerirá de una permanencia continuada e ininterrumpida de 3 años. El arraigo familiar no requerirá estar en situación irregular ni un periodo mínimo de permanencia.
- No representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- En su caso, no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento.
Conseguir una autorización de residencia a través de un contrato de trabajo
Hasta la fecha (es decir, antes que se apruebe la Reforma del Reglamento de Extranjería), la forma de conseguir una autorización de residencia a través de un contrato de trabajo exige 3 años (es decir, lo que se conoce por arraigo social con contrato).
Ahora, con este posible arraigo sociolaboral, si tienes un contrato podrás acceder a una autorización de residencia acreditando que has permanecido de manera continuada en España durante los últimos 2 años.
Requisitos específicos arraigo sociolaboral
Hasta la fecha, el borrador de la Reforma del Reglamento de Extranjería nos deja ver los siguientes requisitos:
- Acreditar una permanencia en España durante al menos los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Aportar uno o varios contratos de trabajo firmados por el trabajador y el empleador (estos contratos deben garantizar al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, en proporción a la jornada trabajada, y cuya suma represente una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global).
- Podrá aportarse más de un contrato de trabajo en los siguientes supuestos:
- En el caso del sector agrario, cabrá la presentación de dos o más contratos, con distintos empleadores y concatenados, cada uno de ellos.
- En el caso de desarrollo de actividades en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos.
- El empleador deberá garantizar la viabilidad del contrato.
Hasta la fecha, el arraigo sociolaboral no exige ni informe de arraigo ni acreditación de vínculos familiares, lo cual también es una novedad significativa.
Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales
Por supuesto, para solicitar esta autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, el interesado deberá carecer de antecedentes penales en los últimos 5 años tanto en España como en el país de origen u otro país en que haya estado como residente.
En conclusión, la reducción de 3 a 2 años y la aparición de este posible arraigo sociolaboral hace que los extranjeros, cuando dispongan de una oferta laboral, accedan a una autorización de residencia de forma mucho más asequible.
¿Cómo puede afectarte el nuevo arraigo sociolaboral?
El nuevo arraigo sociolaboral puede ofrecerte una vía más accesible y rápida para regularizar tu situación. El proceso de solicitud del arraigo sociolaboral, aunque facilitado por las nuevas reformas, sigue siendo complejo y requiere un conocimiento detallado de la normativa y los procedimientos administrativos.
Contar con el apoyo de abogados de extranjería puede ser crucial para garantizar una solicitud exitosa.
Seguiremos informando todos los cambios en el arraigo sociolaboral
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